MERCADOS
IBEX35 19.369,5 -0.60%·EURO STOXX50 6.170,5 -0.98%·S&P 500 7.376,9 0.31%·NIKKEI 57.434,8 -5.96%·EUR/DOL 1,1143 1,1143·P.RIESGO 59 59·EURIBOR 3,248 3,248·

Periodismo en todos sus ángulos

SMI 2027: el Gobierno propone subirlo un 5,3%, hasta 1.286 euros al mes

El borrador de real decreto fija 1.286 euros brutos al mes en 14 pagas, 65 euros más que ahora. Las alegaciones están abiertas hasta el 16 de noviembre y el Gobierno quiere aprobarlo antes de las elecciones del 29 de noviembre.

La ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, en una reunión, en imagen de archivo de 2021
La ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, en una imagen de archivo de marzo de 2021.Foto: AntonMST29 / Wikimedia Commons, CC BY-SA 4.0.

0

El Ministerio de Trabajo y Economía Social ha abierto la audiencia pública del proyecto de real decreto que fijará la subida del salario mínimo interprofesional (SMI) para 2027: un 5,3%, hasta 1.286 euros brutos al mes en 14 pagas, es decir, 18.004 euros anuales (42,87 euros al día), según el texto del borrador al que ha tenido acceso Europa Press. El aumento es de 65 euros mensuales sobre los 1.221 actuales —75,83 euros al mes si se prorratea en 12 pagas, 910 euros al año—, pero todavía no es una norma aprobada: el plazo para presentar alegaciones termina el 16 de noviembre y, según Europa Press, la intención del Gobierno es aprobar la subida antes de las elecciones generales del 29 de noviembre.

La cifra se sitúa por encima del 4,9% que sugería la comisión de expertos que asesora al Ejecutivo, un porcentaje en línea con la inflación interanual, y por debajo del 7% que demandan CC OO y UGT. En años anteriores, la subida final se acompasó hasta la última décima con la recomendación de los expertos. En la memoria del proyecto, Trabajo argumenta que el incremento atiende al derecho a una remuneración equitativa y suficiente y da continuidad al objetivo de que el SMI alcance el 60% del salario medio, en línea con la Carta Social Europea y las resoluciones del Comité Europeo de Derechos Sociales.

Camino a una aprobación sin acuerdo

Si el texto se aprueba tal cual, la subida no contaría con el respaldo de las centrales sindicales, algo inédito en los casi siete años de Yolanda Díaz al frente del ministerio. UGT y CC OO mantienen su demanda de un 7% y consideran insuficiente la propuesta; la patronal, por su parte, no ha aportado una cifra alternativa. La ley, en cualquier caso, no obliga a pactar: el Estatuto de los Trabajadores exige consultar a los agentes sociales, pero el SMI se fija por real decreto. Trabajo no quiere dejar la subida pendiente de un Gobierno en funciones tras las elecciones.

Compensación y absorción: la clave de cuánto llega a la nómina

El punto que decide cuánto mejora realmente cada sueldo se mantiene sin cambios sustanciales. Según el texto adelantado por Europa Press, la revisión salarial no afectaría a los sueldos profesionales que, en conjunto y en cómputo anual, ya superen los 18.004 euros mínimos previstos: solo deberían incrementarse los salarios que queden por debajo de ese umbral anual hasta alcanzarlo. En la práctica, el mecanismo fija un mínimo anual garantizado por trabajador, no una subida automática de todas las nóminas: cuánto mejore finalmente cada sueldo dependerá del convenio colectivo y de los complementos de cada caso. Sindicatos y el propio ministerio querían limitar este mecanismo para que el SMI fuera en la práctica el salario base, pero eso exigía una norma con rango de ley para la que no hubo consenso en la legislatura. Los convenios con cláusulas de absorción seguirán siendo el terreno donde se decida cuánto llega a cada nómina, como explicamos en nuestra guía de convenios.

Contratos temporales y empleo de hogar

Según Europa Press, el texto fija también retribuciones específicas para colectivos con contratos de corta duración. Los trabajadores eventuales cuyos servicios en una misma empresa no excedan de 120 días cobrarán como mínimo 60,88 euros por jornada legal, una cantidad que incluye la parte proporcional de domingos, festivos y las dos gratificaciones extraordinarias. En el caso de las empleadas de hogar que presten servicios en régimen externo por horas, el salario mínimo queda fijado en 10,06 euros por hora efectivamente trabajada, incorporando todos los conceptos retributivos. El texto precisa además que en todas las modalidades se computa exclusivamente la remuneración en dinero: el salario en especie no puede minorar la cuantía fijada legalmente.

Sede del Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo en Madrid.
Sede del Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, organismo dependiente del Ministerio de Trabajo, en Madrid. Fotografía de archivo de agosto de 2024. Foto: Américo Toledano / Wikimedia Commons (CC BY-SA 4.0).

Ayudas y contratos que usan el SMI como referencia

El proyecto incluiría además una disposición transitoria de «no afectación» para evitar distorsiones fuera del ámbito laboral, según la información de Europa Press. El nuevo importe no se aplicará automáticamente a las normas autonómicas o locales que recurren al SMI como indicador para conceder ayudas o prestaciones públicas, ni a los contratos y pactos privados que lo toman como referencia, salvo que las partes o las normativas sectoriales lo dispongan de forma expresa. En esos supuestos, durante 2027 se mantendrá el valor del SMI vigente antes de la nueva norma.

Lo que el borrador no resuelve: el IRPF

El proyecto no aborda el tratamiento fiscal del salario mínimo. Con el SMI en 18.004 euros anuales, Hacienda deberá concretar si mantiene para 2027 el mecanismo que evita que quienes cobran el mínimo tributen en el IRPF, algo que el ministerio no ha anunciado de momento.

Desde 2018, el salario mínimo ha subido un 66%, de 736 a 1.221 euros mensuales, mientras los precios acumulaban un aumento en torno al 23%. Para los pensionistas, la referencia paralela está en nuestra guía de la subida de pensiones de 2027.

Comentarios 0

Los comentarios se publican tras revisión de la redacción. Sé respetuoso: no se admiten insultos ni enlaces.

Deja tu comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *