La huelga general del miércoles 11 de noviembre de 2026 coincidirá con la tramitación del voto por correo para las elecciones generales del 29N. Para proteger ese servicio, Interior ha fijado unos mínimos específicos: las oficinas deberán abrir en su horario habitual para las gestiones electorales, con uno, dos o tres empleados por turno según su plantilla. No significa que toda la actividad postal funcione con normalidad ni que se hayan ampliado los plazos para votar.
La Orden INT/1170/2026, publicada este viernes en el BOE, regula la atención en oficinas, el tratamiento y reparto de documentación y las tareas centrales necesarias para mantener el proceso electoral. La norma responde a las huelgas de jornada completa convocadas para el 11N por CCOO y UGT y, por otra parte, por CGT.
Qué oficinas abrirán y con cuántas personas
Las oficinas de atención al cliente deberán abrir en el horario que tengan establecido habitualmente: de mañana o de mañana y tarde, según cada oficina. La obligación se refiere a las actividades relacionadas con el proceso electoral, que la orden enumera expresamente: admitir solicitudes de voto por correo, entregar documentación electoral y admitir los sobres de voto.
El personal mínimo se distribuye por el tamaño de la plantilla. En las oficinas de hasta cuatro trabajadores habrá un empleado por turno. En las que tengan entre cinco y ocho, habrá dos. En las de más de ocho, habrá tres. En todos los casos, una de esas personas será el director o responsable de la oficina, encargado de asegurar su apertura y la realización de las tareas de admisión y entrega.
La escala cuenta efectivos por turno, no porcentajes generales sobre todas las oficinas ni ventanillas garantizadas para cada trámite. La apertura con menos personal puede requerir organizar la atención de manera distinta a una jornada ordinaria. La orden no convierte estos mínimos electorales en una promesa de ausencia de colas.
Qué cambia en el ámbito rural
También deberán abrir para esas tareas los servicios rurales que tengan atención al público de forma habitual. La disposición prevé el 100% de los servicios rurales con atención al público para las actividades electorales: solicitudes, entrega de documentación y admisión del voto.
Ese 100% no debe trasladarse a toda la plantilla de Correos ni a cualquier servicio rural sin distinguir su función. Para el reparto, la norma establece otro criterio: el 50% de la plantilla de reparto de las unidades de distribución y servicios rurales, con un mínimo de un trabajador, más una persona responsable para abrir y cerrar la unidad y controlar los envíos y otras tareas electorales.

Los porcentajes de clasificación y reparto
En las unidades de servicios especiales, el mínimo será del 50% de la plantilla del turno de mañana para entregar documentación electoral en la Oficina del Censo Electoral y a los electores. En el turno de tarde se establece también un 50% para la entrega de documentación a los votantes. A esos efectivos se suma una persona responsable para la apertura y cierre de la unidad y el control de los envíos.
Para los centros de tratamiento, la orden dispone un 25% de la plantilla en los turnos de mañana, tarde y noche, con tareas que varían según el centro. Algunos tratarán envíos y propaganda electoral; otros realizarán la carga y descarga de rutas con documentación electoral. El Centro Logístico Integral de Barcelona y el Centro de Tratamiento Automatizado de Madrid tienen asignada la propaganda electoral.
En los centros internacionales identificados en la orden, el 25% se dedica a las actividades vinculadas al voto por correo. Son mínimos para funciones concretas dentro del proceso electoral, no una autorización para dar por idéntico el funcionamiento de cualquier envío postal.
La seguridad y los sistemas también tienen mínimos
La disposición no se limita a las ventanillas. Fija efectivos en la sede central para las tareas que considera indispensables: seguridad y custodia de documentación, coordinación con oficinas, soporte informático, ciberseguridad, logística, transporte y relación con las autoridades electorales y las fuerzas de seguridad.
Los efectivos previstos en la sede central son, según la propia orden, inferiores al 10% de la plantilla afectada en cada ámbito. El objetivo declarado es conciliar el derecho de huelga con el derecho de sufragio. Mantener los sistemas o la vigilancia no elimina el paro ni acredita de antemano cómo será su seguimiento.
Qué debe tener en cuenta el votante
Quien tenga que acudir a Correos el 11N debe comprobar el horario habitual de su oficina y distinguir el trámite electoral de otras gestiones postales. La orden asegura personal mínimo para votar por correo, pero no modifica por sí misma los requisitos de identificación, los documentos exigidos ni los plazos de la convocatoria.
La solicitud, la recepción de la documentación y el depósito del voto son fases distintas. Nuestra guía para solicitar el voto por correo del 29N explica el procedimiento. Conviene no dejar una gestión pendiente para el último momento ni interpretar la huelga como una prórroga automática.
Los mínimos del 11N tampoco sustituyen las medidas de custodia del voto postal: regulan qué personal debe trabajar durante el paro para que las obligaciones electorales puedan cumplirse. Son cuestiones relacionadas, pero diferentes.
La jornada se enmarca en la huelga general por los salarios y la vivienda. Para los trabajadores, participar y estar designado para un servicio mínimo no son situaciones equivalentes. Las obligaciones concretas deben comprobarse en la designación correspondiente y en la resolución aplicable, no en una cifra aislada compartida por mensajería.


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