La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha informado favorablemente sobre el proyecto de orden que pondría fin a la designación de Telefónica como operador obligado a prestar el acceso fijo a internet y la telefonía fija del servicio universal. El organismo lo ha comunicado este jueves 5 de noviembre. Su valoración respalda una propuesta regulatoria: no significa que el servicio universal desaparezca ni que los usuarios pierdan ese derecho.
La propuesta procede de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales. Parte de la conclusión de que las ofertas disponibles en el mercado ya garantizan esos servicios de forma generalizada y que, por ello, no es necesario mantener la designación de un operador concreto. El informe favorable de la CNMC no debe confundirse con la publicación de una orden definitiva ni con su entrada en vigor.
Qué cambia y qué se mantiene
La diferencia está entre el derecho a disponer de servicios básicos de comunicaciones y la obligación específica impuesta a una empresa para garantizarlo. Según explica la CNMC, la Ley General de Telecomunicaciones permite dejar de exigir esa prestación a un operador determinado cuando el mercado ya la ofrece en condiciones adecuadas. El servicio universal continúa legalmente garantizado incluso sin esa designación individual.
Ese régimen busca que los servicios básicos estén disponibles para todos los ciudadanos, con independencia de dónde vivan, con una calidad adecuada y a un precio asequible. Si el mercado dejara de asegurar el acceso, podría volver a licitarse la prestación o imponerse la obligación a un operador, recuerda el regulador. No se plantea, por tanto, renunciar a intervenir si reaparecen necesidades que las ofertas comerciales no cubren.

El abono social continuaría para sus beneficiarios
La propuesta prevé mantener el abono social a quienes ya son beneficiarios. La CNMC subraya además que la legislación obliga a todos los operadores que prestan acceso fijo a internet y telefonía fija a ofrecer condiciones adaptadas a los colectivos vulnerables. Su valoración vincula el cambio de modelo con la continuidad de los mecanismos de apoyo, no con su retirada.
La nota difundida este jueves no detalla una nueva cuantía del abono ni anuncia en ella un procedimiento distinto para solicitarlo. Tampoco permite concluir que se vaya a dar de baja automáticamente un contrato de Telefónica o que cada cliente deba cambiar de compañía. El asunto examinado es la designación regulatoria del prestador del servicio universal, no una modificación individual comunicada a los abonados.
Redes fijas, móviles y soluciones satelitales
La CNMC considera que el planteamiento es coherente con la evolución de las telecomunicaciones en España. Señala el elevado despliegue de redes fijas y móviles, la disponibilidad de soluciones satelitales y los programas públicos de apoyo a las infraestructuras digitales. A su juicio, esa evolución permite evitar obligaciones específicas de servicio público que el mercado hace innecesarias en la situación actual.
Esa valoración general no elimina la necesidad de vigilar la cobertura real. El organismo pide seguir supervisando la disponibilidad de los servicios para todos los consumidores, cualquiera que sea su localización geográfica. La supervisión permitiría analizar medidas adicionales si fueran necesarias. El respaldo a la propuesta convive, por tanto, con la advertencia de que la disponibilidad debe comprobarse y mantenerse.
Una reforma que aún tiene pasos pendientes
El informe se identifica con la referencia IPN/CNMC/048/26 y figura fechado el 14 de octubre de 2026 en la cronología del expediente. La nota que lo explica se ha publicado el 5 de noviembre: son fechas distintas, la del informe y la de esta comunicación. La CNMC recuerda también la importancia de aprobar el nuevo Reglamento de servicio universal antes del 31 de diciembre de 2026, al considerarlo una pieza esencial para aplicar correctamente el nuevo marco. La nota no presenta esa aprobación como un trámite ya terminado.
La comunicación difundida este jueves expone el respaldo del regulador al proyecto de orden y las condiciones de supervisión y protección que destaca. Para saber cuándo produce efectos el cambio hay que distinguir ese informe de la aprobación y publicación de la norma correspondiente. Mientras tanto, el mensaje central para los usuarios es que dejar de designar a una empresa concreta no equivale a eliminar el derecho al servicio universal.
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