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Tipos de despido en España: qué indemnización corresponde en cada uno

No todos los despidos pagan lo mismo.

Los juzgados de la plaza de Castilla, en Madrid.
Los juzgados de la plaza de Castilla, en Madrid. Luis García (Zaqarbal), Wikimedia Commons (CC BY-SA 3.0)

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No todos los despidos pagan lo mismo. La diferencia entre 33, 20, 12 o cero días de salario por año trabajado está en cómo califica la empresa tu salida y si puede demostrarlo. Esta es la tabla completa, y debajo lo que importa de verdad: qué puedes impugnar.

La tabla que lo resume todo

Salida Indemnización Paro
Despido objetivo (causas económicas, técnicas…) 20 días/año (tope 12 mensualidades) Sí
Despido disciplinario procedente 0 Sí
Despido declarado improcedente 33 días/año (tope 24 mensualidades) Sí
Despido colectivo (ERE) 20 días/año como mínimo Sí
Fin de contrato temporal 12 días/año Sí
Baja voluntaria 0 No
Despido nulo (discriminatorio, vulneración de derechos) Readmisión + salarios de tramitación Sí

Objetivo: el que la empresa tiene que justificar

Causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, o ineptitud del trabajador. La empresa debe acreditar la causa y entregar carta con explicación, 15 días de preaviso (o pagarlos) y la indemnización de 20 días/año a la vez. Si falla cualquiera de esos requisitos, el despido es impugnable y suele acabar en improcedente: de 20 a 33 días por año. Detalle del cálculo en indemnización por despido improcedente.

Disciplinario: cero euros, pero exige causa real

Faltas graves: absentismo injustificado, desobediencia, ofensas. No paga indemnización, pero sí da derecho a paro. Es el despido más impugnado: la empresa debe probar la falta y su gravedad. Si no lo hace, improcedente y 33 días/año.

Improcedente: no es un tipo de despido, es un veredicto

Nadie es despedido “por improcedente”: el despido se declara improcedente cuando la empresa no justifica la causa o no sigue el procedimiento. Entonces la empresa elige entre readmitirte o pagar 33 días por año. La mayoría paga.

Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid. Zarateman, Wikimedia Commons (CC0)

Nulo: el más grave

Si el despido vulnera derechos fundamentales (embarazo, baja de maternidad o paternidad, discriminación) es nulo: readmisión obligatoria y salarios dejados de percibir. No hay opción de indemnización.

Lo que puedes hacer si te despiden

  1. Pide la carta de despido. Todo parte de lo que diga ahí.
  2. Firma el finiquito “recibí, no conforme” si tienes dudas: cobras y no renuncias a reclamar.
  3. Cuenta 20 días hábiles: es el plazo para presentar papeleta de conciliación e impugnar.
  4. Haz números antes: calculadora de finiquito e indemnización y, para lo que viene después, calculadora del paro.

Información general con fines divulgativos, basada en el Estatuto de los Trabajadores. Un despido concreto merece consejo profesional: los plazos son cortos.

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